viernes, 12 de septiembre de 2025

 IV. LA FAMILIA,
PROTAGONISTA DE LA VIDA SOCIAL
 Familia, vida económica y trabajo.  2/2

249. Una relación muy particular une a la familia con el trabajo: “La familia constituye uno de los puntos de referencia más importantes, según los cuales debe formarse el orden socio-ético del trabajo humano”.  561Esta relación hunde sus raíces en la conexión que existen entre la persona y su derecho a poseer el fruto de su trabajo y atañe no sólo a la persona como individuo, sino también como miembro de una familia, entendida como “sociedad doméstica”. (1)

      El trabajo es esencial en cuanto representa la condición que hace posible la fundación de una familia, cuyos medios de subsistencia se adquieren mediante el trabajo. El trabajo condiciona también el proceso de desarrollo de las personas, porque una familia afectada por la desocupación, corre el peligro de no realizar plenamente sus finalidades. (2)

      La aportación que la familia puede ofrecer a la realidad del trabajo es preciosa, y por muchas razones insustituible. Se trata de una contribución que se expresa tanto en términos económicos como a través de los vastos recursos de solidaridad que la familia posee.

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250.  Para tutelar esta relación entre familia y trabajo, un elemento importante que se ha de apreciar y salvaguardar es el salario familia, es decir, un salió suficiente que permita mantener y vivir dignamente a la familia. (3)

      Este salario debe permitir un cierto ahorro que favorezca la adquisición de alguna forma de propiedad, como garantía de libertad. El derecho a la propiedad se encuentra estrechamente ligado a la existencia de la familia, que se protege de las necesidades gracias también al ahorro y a la creación de una propiedad familiar. (4)

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 251. En la relación entre familia y el trabajo, una atención especial se reserva al trabajo de la mujer en la familia, o labores de cuidado familiar, que implica también las responsabilidades del hombre como marido y padre. Las labores de cuidado familiar, comenzando por las de la madre, precisamente porque están orientadas y dedicadas al servicio de la calidad de la vida, constituyen un tipo d actividad laboral eminentemente personal y personalizante, que debe ser socialmente reconocida y valorada. (5)

      Al mismo tiempo, es necesario que se eliminen todos los obstáculos que impiden a los esposos ejercer libremente su responsabilidad procreativa y, en especial, los que impiden a la mujer desarrollar plenamente sus funciones maternas. (6)

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1, León XIII. Carta enc. Rerum novarum Acta Leonis XIII, II (1892) 104.
2, Juan Pablo II. Carta enc. Laborem exercens, 10: AAS 73 (1981) 600-602.

3. Pío XI. Carta enc. Quadragesimo anno: AAS 23 (1931), Concilio Vaticano II, Gaudium et spes, 67
4. León XIII, Carta enc. Rerum novarum: Acta Leonis XIII, 11 (1892).
5. Pío XII, Alocución a las mujeres sobre la dignidad y misión de la mujer (21 octubre 1945)
6. Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 19: AAS 73 (1981)
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     (Librería Editrice vaticana, Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, edición 2005, p. 142-45)

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