252. El punto de partida para una relación correcta y constructiva entre la familia y la sociedad es el reconocimiento de la subjetividad y de la prioridad social de la familia. Esta íntima relación entre las dos “impone también que la sociedad no deje de cumplir su deber fundamental de respetar y promover la familia misma”. (1)
253. El servicio de la sociedad a la familia se concreta en el reconocimiento, el respeto y la promoción de los derechos de la familia. (3). Todo esto requiere la realización de auténticas y eficaces políticas familiares, con intervenciones precisas, capaces de hacer frente a las necesidades que derivan de los derechos de la familia como tal. En este sentido, es necesario como requisito previo, esencial e irrenunciable, el reconocimiento -lo cual comporta la tutela, la valoración y la promoción- de la identidad de la familia, sociedad natural fundada sobre el matrimonio. Este reconocimiento establece una neta línea de demarcación entre la familia entendida correctamente, y las otras formas de convivencia, que- por su naturaleza- no pueden merecer ni el nombre ni la condición de familia.
254. El reconocimiento, por parte de las instituciones civiles y del Estado, de la prioridad de la familia sobre cualquier otra comunidad y sobre la misma realidad estatal, comporta superar las concepciones meramente individualistas y asumir la dimensión familiar como perspectiva cultural y política, irrenunciable en la consideración de las personas. Ello no se coloca como alternativa de los derechos que las personas poseen individualmente, sino más bien como su apoyo y tutela. Esta perspectiva hace posible elaborar criterios normativos para una solución correcta de los diversos problemas sociales, porque las personas no deben ser consideradas sólo singularmente, sino también en relación a sus propios núcleos familiares, cuyos valores específicos y exigencias han de ser tenidos en cuenta.
1, Juan Pablo II, Exhortación apostólica Familiaris consortio,
23, AAS 74
2, Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2211
(Librería Editrice vaticana, Compendio
de la Doctrina Social de la Iglesia, edición 2005, p. 142-45)
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