miércoles, 25 de junio de 2025

LA FAMILIA, CÉLULA VITAL DE LA SOCIEDAD
La familia es el santuario de la vida
c) La tarea educativa

 238.  Con la obra educativa, la familia forma al hombre en la plenitud de su dignidad, según todas sus dimensiones, comprendida la social. La familia constituye una comunidad de amor y de solidaridad, insustituible para la enseñanza y transmisión de los valores culturales, éticos, sociales, espirituales y religiosos, esenciales para el desarrollo y bienestar de sus propios miembros y de la sociedad”.

                                   (Santa Sede, Carta de los derechos de la familia, Políglota Vaticana, 1983, p.6).

      Cumpliendo con su misión educativa, la familia constribuye al bien común y constituye la primera escuela de virtudes sociales, de la que todas las sociedades tienen necesidad 540 (1). La familia ayuda a que las personas desarrollen su libertad y su responsabilidad, premisas indispensables para asumir cualquier tarea en la sociedad. Además, con la educación se comunican algunos valores fundamentales, que deben ser asimilados por cada persona, necesarios para ser ciudadanos libres, honestos y responsables 541 (2).

-------------------------------------

 239. La familia tiene una función original e insustituible en la educación de los hijos 542 (3). El amor de los padres, que se pone al servicio de los hijos para ayudarles a extraer de ellos (“e-ducare”) lo mejor de sí mismos, encuentra su plena realización precisamente en la tarea educativa: El amor de los padres se transforma de fuente en alma y, por consiguiente, en norma que inspira y guía toda la acción educativa concreta, enriqueciéndola con los valores de dulzura, constancia, bondad, servicio, desinterés, espíritu de sacrificio, que son el fruto más precioso del amor” 543 (4).    

        El derecho y el deber de los padres a la educación de la prole se debe considerar “como esencial, relacionado como está con la transmisión de la vida humana, como original y primario, respecto al deber educativo de los demás, por la unicidad de la relación de amor que subsiste entre padres e hijos; como insustituible e inalienable y por consiguiente, no puede ser totalmente delegado o usurpado por otros 544 (5). Los padres tienen el derecho y el deber de impartir una educación religiosa y una formación moral a sus hijos: 545 (6). Derecho que no puede ser cancelado por el Estado antes bien, debe ser respetado y promovido. Es un deber primario, que la familia no puede descuidar o delegar.

-----------------------------------

240.  Los padres son los primeros, pero no los únicos, educadores de sus hijos. Corresponde a ellos, por tanto, ejercer con sentido de responsabilidad, de labor educativa en estrecha y vigilante colaboración con los organismos civiles y eclesiales: “La misma dimensión comunitaria, civil y eclesial, del hombre exige y conduce a una acción más amplia y articulada, fruto de la colaboración ordenada de las diversas fuerzas educativas. Éstas son necesarias, aunque cada una puede y debe intervenir con su competencia y con su contribución propias” 546 (7).

----------------------------------------

 NOTAS. (1) 540, Conc. Vaticano, Gravissimum educationis, 43; (2) 541, Juan Pablo II, Familiaris consortio, 37; (3) 542, Conc. Vaticano, Gravissimum educationis, 3; (4) 543, Juan Pablo II, Familiaris consortio, 36; (5) 544, Juan Pablo II, Familiaris consortio, 36; (6) 545, Conc. Vaticano II, Dignitatis humanae, 5; (7) 546, Juan Pablo II, Familiaris consortio, 40.

.            (Librería Editrice vaticana, Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, edición 2005, p. 137-138)

                                          ***********************

No hay comentarios:

Publicar un comentario